08 junio 2008

INFORMACION PARA LOS DELEGADOS DE CURSO

Jueves 12 de junio
REUNIÓN DE DELEGADOS DE LOS DIFERENTES CURSOS Y CARRERAS DEL INSTITUTO Nº 12

Hora: 19:30
Lugar: Patio techado (pecera)

ELECCIÓN DE 1 CONSEJERO ESTUDIAL
Motivo: EXEQUIEL CRUZ GOYA, QUE SE DESEMPEÑABA COMO CONSEJEROS ESTUDIANTIL 2008, PRESENTÓ SU RENUNCIA POR RAZONES PERSONALES. DE ESTA MANERA Y DE FORMA URGENTE SE LLAMA NUEVAMENTE A UNA CONVOCATORIA PARA REALIZAR ELECCIONES DEL PUESTO VACANTE

HAY QUE RECORDAR QUE DEL CUERPO DE DELEGADO NACEN LOS CONSEJEROS ESTUDIANTILES (en nuestro instituto son 2 LOS REPRESENTANTES que disponemos por la cantidad de carreras que se desarrollan en el mismo)

POR LO SEÑALADO ENTONCES ES MUY IMPORTANTE CONTAR CON LA REPRESENTACIÓN DE TODOS LOS CURSOS.

ESTO FIGURA EN EL CAPITULO III (
Art. 22 – 23 del Estatuto del centro de estudiantes)
Capitulo III. De los Cuerpos de Delegados.
Articulo 22
a) Cada carrera conformará un cuerpo de delegado. El mismo actuará con autonomía respecto a los demás cuerpos.
b) Estarán integrados por un representante titular y un suplente por curso y serán elegidos a comienzo del periodo electivo. Duraran un año en sus funciones.
c) Cada cuerpo determinara su forma de funcionamiento, conforme a los principios anunciados en el presente estatuto.
Articulo 23.- Las funciones del Cuerpo de Delegados.
a) Respetar y hacer respetar el estatuto.
b) colaborar con la C.D.
c) Presentar iniciativas en la C.D.
d) Informar a los estudiantes sobre las actividades del C.E.
e) Elegir de sus integrantes a los representantes en el Consejo Académico.


ESTO ESTÁ ESTABLECIDO EN EL “REGLAMENTO DE LOS TERCIARIOS” – ( Decreto Nº 798/86 )
Titulo II - De los representantes estudiantiles
Articulo nº 42-
El cuerpo de Delegados del Centro de Estudiantes elegirá los representantes al Consejo Académico de entre sus miembros y durarán un año en sus funciones pudiendo ser reelectos para tal función.
Articulo nº 43 Los Alumnos podrán, a través de sus representantes ante el Consejo Académico, elevar toda inquietud e iniciativa que surja del Centro de Estudiantes.
Articulo nº 44- Tendrán voz y voto en los temas que se consideren en el Consejo Académico con excepción de los apartados c), d),y j) del Artículo 39º de cuyo tratamiento no participarán.-

Para leer completo el Decreto (“reglamento de los terciarios”- Institutos superiores -Decreto Nº 798/86 ) hacer clic en el link

http://estudiantesdel12.blogspot.com/2006/12/reglamento-orgnico-de-los-institutos.html

Y este es el link para ver el Estatuto del Centro de Estudiantes http://estudiantesdel12.blogspot.com/2006/12/estatuto-del-centro-de-estudiantes.html

2 comentarios:

  1. soy de 2º año de bibliotecologia y no tenemos delegado, que hacemos? puede ir cualquiera en nombre del delegado que no tenemos?

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  2. Estaría bueno que en estos días (claro está que antes del jueves) puedan votar quienes los representarán tanto en su curso como fuera del mismo.
    En estos días pasaremos por los cursos para explicar las funciones de un delegado.
    Gracias por consultar y escribir en la página.
    Saludos

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